viernes, 28 de octubre de 2016

La Inspección de Trabajo de Cádiz ha dado respuesta favorable a nuestra reclamación por falta de formación a nuestro colectivo.



Como sabéis desde el año 2012 desde que nuestro colectivo se integra en el Servicio Andaluz de Empleo no recibimos ningún tipo de formación,incumpliéndose la siguiente normativa:

- Artículo 4 del Estatuto de los Trabajadores establece como derecho del trabajador; la promoción y la formación profesional en el trabajo.
- Artículo 23.1.d. también especifica que correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de obtener a tal efecto, los créditos destinados a la formación.
- Capitulo VIII Convenio Colectivo FAFFE 2007: Artículos 31 y 32

Por este motivo UITA denuncia ante la Inspección de trabajo de Cádiz tales hechos  y en el día de ayer obtuvimos una respuesta por su parte favorable en la que dice que tras la inspección realizada declara que la empresa reconoce que nuestro colectivo no tiene acceso a la oferta formativa, incumpliendo lo dispuesto en los artículos 4 apartado 2 letra b del Real Decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Estatuto de los trabajadores, así como  el artículo 31 del Convenio Colectivo  FAFFE, por lo que le requiere al Servicio Andaluz de Empleo que en el plazo de 3 meses se proceda a la subsanación del incumplimiento advertido.

Después de este reconocimiento por parte de la Inspección de trabajo, esperamos que el SAE cumpla con dicho requerimiento y nuestro colectivo pueda acceder a la formación sin ningún tipo de problema.

Desde UITA Cádiz seguiremos reivindicando los derechos de nuestro colectivo.


miércoles, 19 de octubre de 2016

El BOJA de hoy miércoles 19 de octubre recoge la anunciada recuperación de la jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, a partir del 16 de enero de 2017.

El BOJA de hoy miércoles 19 de octubre recoge la anunciada recuperación de la jornada laboral ordinaria de 35 horas semanales de promedio en cómputo anual, a partir del 16 de enero de 2017. La medida afecta a los trabajadores que ya tuvieran reconocida dicha jornada en regulación específica. Veremos cuál es la reacción del Gobierno de España ante esta estupenda noticia.

http://juntadeandalucia.es/boja/2016/201/BOJA16-201-00004-18119-01_00100448.pdf

jueves, 13 de octubre de 2016

NOTA INFORMATIVA DE UITA SOBRE EL BORRADOR DEL CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA AGENCIA SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO

NOTA INFORMATIVA DE UITA SOBRE EL BORRADOR DEL
CATÁLOGO DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA AGENCIA SERVICIO
ANDALUZ DE EMPLEO
Octubre 2016

En la reunión mantenida el pasado 6 de julio con la dirección gerencia del SAE, su titular.
Julio Coca, se comprometió a remitir a los sindicatos un borrador del catálogo de puestos
de la Agencia SAE para que estos realizaran las oportunas observaciones. Tras exigir en
repetidas ocasiones el envío del documento, a finales de julio se entregó a este sindicato
copia del “Borrador del catálogo de puestos de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo”,
con la expresa indicación de que el documento se encontraba en fase aún de elaboración.
De hecho, el documento entregado a este sindicato está fechado en abril de 2016, está
incompleto y recoge numerosas indicaciones, llamadas de atención, interrogantes y
algunas referencias a la disposición adicional que fue rechazada por el Parlamento y en la
que se enumeraban determinadas funciones asignadas al personal laboral propio de la
Agencia.

Tras el análisis del documento facilitado por la empresa, desde UITA os trasladamos las
siguientes observaciones:

Primera.-​ El Decreto 96/2011 de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del
Servicio Andaluz de Empleo establece que en relación al Catálogo de Puestos de la
Agencia que:

- corresponde a la dirección gerencia “Elaborar y elevar a la Presidencia la propuesta
de catálogo y relación de puestos de trabajo de la Agencia, así como las
modificaciones a los mismos, en el marco fijado en el contrato de gestión​”.

- “La relación de puestos de trabajo y el catálogo​, que deberán determinar la
naturaleza​, contenido ​y características de desempeño ​y retribución de cada uno
de los puestos de trabajo​, serán elaborados por la Dirección Gerencia, dentro del
marco de actuación que, en materia de recursos humanos, se establezca en el
contrato de gestión​, sin menoscabo de la negociación que proceda con las
organizaciones sindicales representativas del personal​”

- “La Agencia, dentro del marco del Plan Inicial de Actuación​, regulará la
elaboración de la relación de puestos de trabajo y del catálogo, que serán públicos
y comprenderán, al menos, la denominación de los puestos​, los grupos de
clasificación profesional​, los cuerpos o escalas, en su caso, que estén adscritos,
los sistemas de provisión​ y las retribuciones complementarias​ de conformidad
con lo establecido en el artículo 74 del Estatuto Básico del Empleado Público, y losometerá a la consideración del Consejo de Administración, sin menoscabo de la
negociación que proceda con las Organizaciones Sindicales representativas del
personal.

Por tanto, no sólo es necesario sino preceptivo aprobar el Contrato de Gestión antes que
el Catálogo de Puestos y por el momento, no tenemos conocimiento de que la Presidencia
del SAE haya aprobado este documento.

Igualmente, y al hilo de lo estipulado en los Estatutos, el Catálogo debe contener la
“naturaleza, contenido y características de desempeño”, la “retribución de cada uno de los
puestos de trabajo”, la “denominación de los puestos”, “los grupos de clasificación
profesional”, “los sistemas de provisión” y “las retribuciones complementarias”. Y todo
ello “sin menoscabo de la negociación con las organizaciones sindicales representativas
del personal”.

Sin embargo, el documento entregado no se ciñe a lo establecido y goza sobre todo de
indefinición en la descripción de los puestos de forma que resulta difícil establecer
criterios objetivos para la adscripción de perfiles a cada uno, dando lugar a una suerte de
“cajón de sastre” que sitúa a los trabajadores en una posición de vulnerabilidad y falta de
garantías.

Esa indefinición supone por ejemplo que puestos específicos como los relacionados con
las áreas de prevención, documentación, jurídico, económico o comunicación, no
aparecen reflejados, cuando la realidad es que son una necesidad estructural de la
Agencia. Y así sucede prácticamente con todos los puestos que podemos extraer de las
funciones atribuidas al SAE y aquellas que necesariamente hayan de derivarse una vez
aprobado el Contrato de Gestión.

Segunda​.- Conforme se expresa en el documento entregado por la empresa, el concepto
de plaza es aquél puesto de trabajo con dotación presupuestaria. Sin embargo, hasta la
fecha, los presupuestos del SAE no han recogido para el apartado “Personal de Catálogo”,
el número de efectivos, como sí se refleja para el caso de funcionarios y laborales de la
administración. Hasta el 23 de septiembre de 2016, y conforme la Secretaría general del
SAE ha informado previa reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de
Datos de Andalucía, la plantilla está compuesta por 1822 personas incluidas en lo que la
Agencia denomina “personal laboral de catálogo”. De estas 1822 personas, 587 aparecen
aún con contrato temporal, --presumiblemente en fraude de ley-- y 1235 con contrato
indefinido. La plantilla de funcionarios y laborales de la administración general de la Junta
de Andalucía se componen a su vez 1287 personas: 723 funcionarios, 301 interinos, 252
laborales y 11 laborales temporales. Esto quiere decir que UITA no admitirá ningún
Catálogo de Puestos que no dé cobertura a todos los empleados del SAE pues todos son
necesarios para el desarrollo de las competencias que por Ley tiene asignadas el SAE,tanto aquellas relacionadas directamente con la orientación, la intermediación y el trabajo
en oficinas de empleo, como aquellas transversales.

Igualmente, el Catálogo de Puestos debe necesariamente considerar que la Ley sólo
reserva puestos de responsabilidad o dirección a funcionarios cuando se trata de
potestades públicas. Por tanto, una vez que estas se definan, todos aquellos puestos de
responsabilidad para el desempeño de funciones que no se consideren potestades
públicas podrán ser ocupados por personal de catálogo.

Tercera.-​ Un Catálogo de Puestos de Trabajo no debe confundirse, como es el caso, con
un convenio colectivo. Desde UITA entendemos que es necesario homogeneizar las
condiciones de trabajo a través de la negociación colectiva, preservando el derecho de los
trabajadores y sus representantes a participar de la definición de tales condiciones.
Cualquier otra opción que dejara al margen a los organizaciones sindicales con
representación suficiente en el SAE, estaría totalmente deslegitimada.

Desde UITA instamos nuevamente a la Agencia a que avance con seriedad en el
cumplimiento de los estatutos que desde hace más de cuatros años están siendo
ignorados, abordando el Contrato de Gestión y el Catálogo en toda su extensión.
El Catálogo debe abordarse además desde una perspectiva abierta e integradora,
culminando el proceso avalado por el Tribunal Supremo (STS de 2 de octubre de 2013) y
no manteniendo o generando más diferencias entre los empleados y empleadas del
Servicio Andaluz de Empleo.


  • Finalmente, la Agencia debe procurar el mayor desarrollo de sus competencias y claridad en la atribución de funciones conforme se establece en la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, para cuya ejecución debe contar con todo su capital humano.


Si algún trabajador está interesado en consultar el actual borrador de catálogo de
puestos, puede contactar con la sección sindical, enviando correo electrónico a
sae@uita.es

martes, 4 de octubre de 2016

Nueva Herramienta de comunicación entre los trabajadores de la Agencia SAE en Cádiz

Estimados compañeros y compañeras queremos presentaros la siguiente herramienta de trabajo y comunicación entre los trabajadores de la Agencia SAE en Cádiz. 
Desde UITASAE Cádiz creemos que hay
que dar un paso más en cuanto al trabajo por nuestro colectivo de trabajadores y la reivindicación de nuestros derechos como empleados públicos que somos, y este Blog pretende acercar la representación sindical y servir de fuente de información y conexión permanente entre todos y todas. Podéis suscribiros al Blog para recibir directamente las notificaciones.




A partir de ahora estamos disponibles en el Email uitacadiz@gmail.com